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LEY 24 522 Ley de concursos y quiebras Sanción: 20 Julio 1995 Promulgación: 7 agosto 1995 Universalidad El concurso produce sus efectos sobre la totalidad del patrimonio del deudor, salvo las 10 −− Oportunidad de la presentación El concurso preventivo puede ser solicitado mientras la quiebra no haya sido declarada Art 11
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El deudor no podrá presentar una nueva petición de concurso preventivo hasta después de transcurrido el plazo de UN (1) año contado a partir de la fecha de la declaración judicial de cumplimiento del acuerdo preventivo, ni podrá convertir la declaración de quiebra en concurso preventivo SECCION IV Nulidad ARTICULO 60 - Sujetos y término
- LEY 24. 522 CONCURSOS Y QUIEBRAS RÉGIMEN LEGAL
(Texto con las modificaciones de las Leyes 25 563, 25 589, 26 086, 26 684, 27 170 y 27 760) El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc , sancionan con fuerza de Ley: DE LOS CONCURSOS TÍTULO I - PRINCIPIOS GENERALES ARTÍCULO 1° - Cesación de pagos El estado de cesación de pagos, cualquiera sea su
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La apertura del concurso preventivo puede ser solicitada, también por apoderado con facultad especial Art 10 - Oportunidad de la presentación El concurso preventivo puede ser solicitado mientras la quiebra no haya sido declarada Art 11 - Requisitos del pedido Son requisitos formales de la petición de concurso preventivo:
- Ley 24. 522 Sancionada: Julio 20 de 1995. Promulgada Parcialmente . . .
con fuerza de Ley: DE LOS CONCURSOS TITULO I PRINCIPIOS GENERALES ARTICULO 1° - Cesación de pagos El estado de cesación de pagos, cualquiera sea su causa y la naturaleza de las obligaciones a las que afecto, es presupuesto para la apertura de los concursos regulados en esta ley, sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 66 y 69
- LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS (Ley 24. 522) - Análisis y Principios . . .
LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS Ley 24 Sancionada: Julio 20 de 1995 Promulgada Parcialmente: Agosto 7 de 1995 Ver Antecedentes Normativos El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc , sancionan con fuerza de Ley: DE LOS CONCURSOS TITULO I PRINCIPIOS GENERALES ARTICULO 1° - Cesación de pagos
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Ley Nº 24 522 LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS BUENOS AIRES, 20 de Julio de 1995 BOLETIN OFICIAL, 09 de Agosto de 1995 Universalidad El concurso produce sus efectos sobre latotalidad del patrimonio del deudor, salvo ARTICULO 10 - El concurso preventivo puede ser solicitado mientras la quiebra no haya sido
- Índice Ley 24. 522: Principios Generales y Requisitos del Concurso
Índice Ley 24 522: Principios Generales y Requisitos del Concurso Indice Ley 24 522 Concurso Preventivo (Plazos en el)-(Quiebras 2013-1 Barbieri)-(Imprimir)(full permission) Cesación de pagos y universalidad del concurso Presupuesto objetivo: cesación de pagos Universalidad: efectos sobre todo el patrimonio del deudor Artículo 2
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